Profepa clausura obras del Instituto Tecnólógico de la Chontalpa, en Tabasco

Foto: Profepa

CIUDAD DE MÉXICO, México, ene.17, 2016.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró obras y actividades que realizaba el Instituto Tecnológico de la Chontalpa, en la zona federal de un río ubicado en el ejido Rivera Alta, municipio de Nacajuca, Tabasco.

A través de un comunicado se informó que esta medida se tomó por carecer de la autorización en materia de impacto ambiental que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para tales efectos.

Dicha actuación derivó de una denuncia ciudadana presentada ante la delegación de la Profepa en la entidad, en la que se alertaba que la citada institución educativa efectuaba obras y actividades irregulares en las inmediaciones de ese río.

Durante una inspección, se detectó la construcción de una barda de concreto de 23 metros de largo y 4.5 metros de alto, sin contar con la autorización respectiva.

Asimismo, no se acreditó haber instrumentado las medidas de prevención y mitigación necesarias para evitar o minimizar los impactos ambientales negativos que se generarían en la zona federal y cauce del río por la construcción de la barda.

Como medida de seguridad se impuso la Clausura Total Temporal de la obra y las actividades que se realizaban, ya que se considera que existe un riesgo inminente de desequilibro ecológico.

La clausura se levantará hasta que el responsable de la obra y las actividades presente la autorización que expide la SEMARNAT en materia de impacto ambiental.

La Profepa informó que se dará seguimiento al procedimiento administrativo instaurado, durante el cual se pueden imponer medidas correctivas para la reparación y/o compensación de los daños ambientales ocasionados.

Indicó que con la realización de la obra anteriormente mencionada se transgredieron los artículos 28 párrafo primero, fracción X de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y 5° párrafo primero, inciso R) del Reglamento de esta ley en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

Al inspeccionado se le informó sobre las penas y sanciones a las que podría hacerse acreedor en caso de quebrantar alguno de los sellos de clausura colocados por la Profepa, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 del Código Penal Federal.

FSR