Programa de Contingencias Atmosféricas operará en DF y Edomex

CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 5, 2015.- Será la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, a través de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, quiénes declararán la activación del Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en la Fase que corresponda, así como la aplicación y suspensión de las medidas procedentes.

 

La Secretaría del Medio Ambiente capitalina, pública en la Gaceta Oficial un Aviso por el que se da a conocer el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas.

 

El objetivo, es determinar, atendiendo a la concentración de contaminantes atmosféricos en las 16 delegaciones del Distrito Federal, las Fases de Contingencia Ambiental, las bases de la declaración respectiva, así como las medidas aplicables para prevenir y controlar las emisiones contaminantes generadas por fuentes fijas y móviles, sus efectos en la salud de la población o en los ecosistemas.

 

El presente programa se aplicará previa declaratoria de las autoridades competentes, conforme a lo dispuesto en documento, la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal y demás disposiciones aplicables como la aplicación del Hoy no Circula de acuerdo a la fase de contingencia que se active.

 

En el documento se establece que la Precontingencia Ambiental se activará cuando:

 

La concentración de ozono sea mayor a 150 puntos y se suspenderá cuando sea igual ó menor a 150.

 

Las partículas menores de 10 micrómetros (PM10) sean mayores a 150 puntos y se suspenderá cuando sea igual ó menor a 150.

 

La Fase 1 de la contingencia ambiental se activará cuando:

 

La concentración de ozono sea mayor a 180 puntos y se suspenderá cuando sea igual ó menor a 150.

 

Las partículas menores de 10 micrómetros (PM10) sean mayores a 175 puntos y se suspenderá cuando sea igual ó menor a 150.

 

Sea combinada ozono y PM10, ozono mayor a 160 puntos y PM10 mayor a 125 puntos, se desactivará cuando sea igual ó menor a 150 puntos.

 

La Fase 2 de la Contingencia Ambiental se activará cuando:

 

La concentración de ozono sea mayor a 230 puntos y se suspenderá cuando sea igual ó menor a 150.

 

Las partículas menores de 10 micrómetros (PM10) sean mayores a 230 puntos y se suspenderá cuando sea igual ó menor a 150.

 

Desde el momento en que se activa el programa para Precontingencia ó Contingencia Ambiental se deberán acatar las medidas descritas en salud, transporte, servicios y fuentes fijas  de la industria manufacturera, hasta las 22 horas del día en que se determine la suspensión de la misma.

 

El acuerdo entrará en vigor a partir del viernes.

 

LSH