Emite GDF acuerdo sobre subsidios al impuesto predial

CIUDAD DE MÉXICO, México, ene. 15, 2015.- El Gobierno del Distrito Federal publicó en su Gaceta Oficial dos acuerdos mediante los cuales se dan a conocer los subsidios fiscales para el pago del impuesto predial y la tenencia vehicular.

 

Los beneficios se aplicaran a las personas con viviendas con un valor inferior cercano a los dos millones de pesos y con vehículos cuyo importe, después de calculado el factor de depreciación- sea un máximo de 250,000 pesos.

 

En el documento se establece que el subsidio otorgado será de 100 por ciento en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a aquellas personas físicas o morales que posean vehículos de precio máximo de 250,000 pesos después de aplicar el  IVA.

 

Para poder gozar del beneficio se deberá pagar el refrendo vehicular de 455.00 pesos, carecer de adeudos de tenencias de años anteriores, tener vigente la tarjeta de circulación con chip o pagar su renovación; todo ello a más tardar el 31 de marzo de 2015.

 

El gobierno de la capital aplicará también el subsidio a la tenencia vehicular a aquellos vehículos nuevos adquiridos durante el año en curso, siempre que cubran los derechos por el trámite de alta: expedición inicial de placas, tarjeta de circulación y calcomanía.

 

La Secretaría otorgará el subsidio del primero de enero al 31 de marzo de 2015, salvo el caso de los vehículos nuevos, que permanecerá hasta el 31 de diciembre de 2015.

 

En otro acuerdo, se informó que el subsidio del impuesto predial será otorgado para aquellos inmuebles de uso habitacional o mixto con valor catastral entre 976,444.74 y mil 952,889.39 pesos.

 

El apoyo será equivalente al 50 por ciento, 35 por ciento y 25 por ciento para los rangos E, F y G, respectivamente, del artículo 130, fracción I del Código Fiscal.

 

Esto se establece de la siguiente forma: Rango E de 976,444.74  A mil 301,927.10, descuento del 50 por ciento.

 

Rango F de mil 301,927.11 a mil 627,408.26 descuento del 35 por ciento.

 

Rango G de mil 627,408.27 a mil 952,889.39 descuento del 25 por ciento.

 

El subsidio correspondiente al Rango G está incorporado por primera vez en la boleta predial, por lo que se elimina la necesidad de acudir a las oficinas de la tesorería a solicitarlo.

 

Para el caso de operaciones de compra-venta y de adquisición de nuevas construcciones los propietarios tendrán derecho a un subsidio equivalente al 100 por ciento de la diferencia que exista entre el impuesto calculado a partir del avalúo comercial  y  el que corresponda a su valor catastral.

 

Los contribuyentes que en 2014 incumplieron con pagar el predial y por tanto no hicieron uso ese año del apoyo para los rangos E, F y G, tendrán derecho al porcentaje de subsidio correspondiente a ese año.

 

Los beneficios surtirán efectos a partir del primero de enero y hasta el 31 de diciembre del 2015.

 

Para mayor información está disponible la página www.finanzas.df.gob.mx

 

También Locatel 5658-1111 o Contributel 5588-3388,

 

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REB