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¿Qué novedades trae la Constitución de la CDMX?

Un resumen de los artículos más relevantes de la nueva constitución de la Ciudad de México que han sido aprobados hasta la fecha y, también, algunos puntos polémicos que no han sido ratificados.

La Ciudad de México oficialmente ya tiene nueva Constitución. Se prevé que este documento esencial, que impactará directamente en la vida de todos los capitalinos, entre en vigor el 17 de septiembre de 2018. Mientras tanto, les proponemos un resumen de los artículos más relevantes que han sido aprobados:

Entre estos derechos se habla del uso de marihuana medicinal, de aborto y la eutanasia, de familias diversas, protección a migrantes, a las comunidades LGBTTTI y a los animales. La idea de esta constitución que se describe como la carta magna de una ciudad “intercultural, plurilingüe, pluriétnica y pluricultural” planteará el principio de esta ciudad como un estado más de la república. Y, en medio de polémicas y prisas, regirá la vida de los que habitan la capital de México.

(EFE/Mario Guzmán)

Artículos aprobados:

Derechos reproductivos:

La nueva constitución de la Ciudad de México plantea que toda persona tiene derecho a ejercer sus decisiones reproductivas de forma libre y voluntaria además de recibir el más alto nivel de salud reproductiva. Se plantea, entonces, que todos tiene derecho a recibir información oportuna sobre salud reproductiva y a tener o no los hijos que desee.

Artículo 11, Apartado F, numeral 1:

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, voluntaria e informada tener hijos o no, con quién y el número e intervalo entre estos, de forma, segura, sin coacción ni violencia, así como a recibir servicios integrales para acceder al más alto nivel de salud reproductiva posible y el acceso a información sobre reproducción asistida.

Familias diversas

Junto a los derechos reproductivos, la carta magna prevé que todas las familias, sea cual sea su constitución, estén protegidas por la ley. Esto incluye, claro, el reconocimiento de las familias formadas por personas del mismo sexo.

Artículo 16, apartado H, numeral 2:

Se reconoce en igualdad de derechos a las familias formadas por parejas de personas LGBTTTI, con o sin hijas e hijos, que estén bajo la figura de matrimonio civil, concubinato o alguna otra unión civil.

(AP Photo/Eduardo Verdugo)

Protección a periodistas

Debido al ambiente generalizado de violencia hacia los periodistas que se ha vivido en el país, la contitución prevé un apartado de protección a aquellos que ejercen esta profesión. Aquí, la idea es también que la Ciudad de México sea un santuario seguro para todos aquellos periodistas que busquen asilo frente a situaciones de violencia en todos los estados del país:

Artículo 12, Apartado C, Numeral 3:

Se garantizará la seguridad de las personas que ejerzan el periodismo; así como las condiciones para que quienes sean perseguidos arbitrariamente en el ejercicio de dicha actividad profesional puedan vivir y trabajar en la ciudad. Se tendrá como eje fundamental, la cláusula de conciencia, que salvaguarda de independencia y a dignidad personal y profesional del periodista.

Libertad de reunión y asociación

En la nueva constitución también se estipula un derecho a la manifestación pacífica dentro de los marcos de la ley. Esto también significa la prohibición de criminalizar la protesta social.

Artículo 12, Apartado C, numeral 4:

La protesta social es un derecho individual y colectivo, que se ejercerá de manera pacífica sin afectar derechos de terceros. Las autoridades adoptarán protocolos de actuación en manifestaciones conforme a parámetros internacionales dirigidos a la protección de las personas en el ejercicio de este derecho, sin vulnerar otros derechos. Queda prohibida la criminalización de la protesta social y la manifestación pública.

Marihuana medicinal

Uno de los apartados más polémicos de la nueva constitución reitera la propuesta que elaboró el presidente a mediados del año pasado y que no tuvo trascendencia. Así, en la ciudad de México se permitirá el uso médico y terapéutico de la marihuana.

Artículo 14, Apartado D, numeral 7:

A toda persona se le permitirá el uso médico y terapéutico de la cannabis sativa, indica, americana o mariguana y sus derivados, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación aplicable.

Derecho a la tecnología

La constitución también prevé ciertos cambios en cuanto a la relación social con las tecnologías que se han desarrollado en los últimos años. Así, se promete aquí el establecimiento progresivo de internet gratuito en espacios públicos y diversas instituciones educativas, culturales y gubernamentales.

Artículo 13, Apartado C, Numeral 3:

Las autoridades impulsarán el uso de las tecnologías de la información y la comunicación. Habrá acceso gratuito de manera progresiva a internet en todos los espacios públicos, escuelas públicas, edificios gubernamentales y recintos culturales.

Comercio informal

A pesar de que este apartado no menciona directamente ni al ambulantaje, ni al trabajo sexual, estas dos vertientes del comercio informal están contempladas dentro de los derechos de las personas trabajadoras no asalariadas. Hay que recordar que el 53% del comercio en la Ciudad de México es informal. Así, se prevén mecanismos graduales para formalizar y regular el comercio informal en los espacios públicos de la ciudad.

Artículo 15, Apartado B, Numeral 14:

Los derechos de las personas trabajadoras no asalariadas, prestadores de servicios por cuenta propia y comerciantes que realicen sus actividades en el espacio público serán ejercidos a través del establecimiento de Zonas Especiales de Comercio y de Cultura Popular en los términos que defina la ley con la participación de los propios trabajadores.
La ley determinará los mecanismos para un proceso gradual de regularización, formalización y regulación en materia urbana, de espacio público, fiscal, de salud pública y de seguridad social.

Derechos LGBTTTI

La nueva constitución reconoce los derechos de la comunidad LGBTTTI y asegura el establecimiento de políticas públicas para erradicar la discriminación y la exclusión de esta comunidad en la ciudad.

Artículo 16, Apartado H, Numeral 1:

Esta Constitución reconoce y protege los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales e intersexuales, para tener una vida libre de violencia y discriminación.

Protección a los migrantes:

Este apartado trata de la protección de migrantes y de sus familias en cualquier contexto. Así, independientemente de su situación jurídica se establece un apartado para proteger los derechos de los migrantes en un contexto de solidaridad e inclusión. En el momento actual del mundo es, tal vez, sumamente importante resaltar el interés de este apartado.

Artículo 16, Apartado I:

Las personas migrantes y las personas sujetas de protección internacional y en otro contexto de movilidad humana, así como sus familiares, independientemente de su situación jurídica, tendrán la protección de la ley y no serán criminalizados por su condición de migrantes. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para la protección efectiva de sus derechos, bajo criterios de hospitalidad, solidaridad, interculturalidad e inclusión.

Migrantes haitianos en Tijuana (Notimex-Eduardo Jaramillo)

Derechos de los animales

Como parte de un nuevo movimiento de protección a los animales, la constitución de la CDMX considera que estos son seres sensibles que merecen un trato digno del que todos los habitantes de la urbe somos responsables.

Artículo 18, Apartado B, Numeral 1:

Esta Constitución reconoce a los animales como seres sintientes, y por lo tanto, deben recibir trato digno. En la Ciudad de México toda persona tiene un deber ético y obligación jurídica de respetar la vida y la integridad de los animales; éstos, por su naturaleza son sujetos de consideración moral. Su tutela es de responsabilidad común.

Quitar el fuero en la CDMX

Otra controvertida propuesta de la constitución fue la del artículo 72 en el que se establecía que todos los funcionarios públicos serían responsables de delitos cometidos durante su mandato. Eso quiere decir que se eliminaría el fuero del que ahora gozan. Una comisión aprobó esta medida pero el artículo todavía no ha sido aprobado por el pleno.

Revocar mandato de servidores públicos

Uno de los artículos que más ha generado expectativas dentro de la población civil en el cada vez más apremiante marco de corrupción en nuestro país, es el de la revocación del mandato de servidores públicos. La idea del artículo 30 que aún no se ha aprobado es que se pueda a remover a funcionarios de cargos de elección popular mediante un referéndum. una comisión sigue analizando este artículo que, por el momento, no ha sido presentado en el pleno.

La ley 3 de 3 obligatoria

El artículo 70 contempla que los servidores públicos tengan que presentar, obligatoriamente, su declaración “3 de 3”, es decir, la declaración fiscal, patrimonial y de intereses. Hasta ahora, esta iniciativa ha logrado que 901 funcionarios presenten la declaración triple. Con la aprobación de este artículo seguramente tendríamos, al menos en la ciudad, resultados mucho más completos.

(Notimex-Jessica Espinosa)

Entre diversas polémicas por temas difíciles como la eutanasia y el aborto, la salida de un buen número de constituyentes (entre los cuales estuvo el actor Damián Alcázar que se ausentó constantemente de las sesiones) y polémicas que reavivaron viejos discursos ideológicos (como el famoso impuesto a la plusvalía que ya se eliminó de la redacción), la constitución de la CDMX sigue trabajando el largo proceso de su aprobación.

De no llegar a publicarse este 31 de enero, es posible que se pida una prórroga a los diputados. Y, finalmente, cuando exista un carta magna propia de la Ciudad de México, la capital del país se convertirá en un estado como los demás estados de la república. Los delegados se convertirán en alcaldes y la ciudad recibirá fondos federales como los demás estados. El Jefe de Gobierno no podrá ser removido por el senado, los citadinos tendremos un congreso propio que podrá intervenir en la aprobación de leyes.

Pero todos estos cambios que afectarán, sin duda, la vida de todos los capitalinos, son sólo una parte de lo que esta constitución plantea. Porque, más allá del plano político, la nueva constitución de la CDMX está llena de apartados sociales que impactarán directamente en la vida de los mexicanos. En ese sentido, será importante que todos los capitalinos estén plenamente informados de sus nuevos derechos y, por supuesto, de sus continuas obligaciones.

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